Moratorias en el pago de las cuotas a Seguridad Social y otras medidas

Se publicó el día de ayer, 1 de abril, el RD Ley 11/2020 de medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, donde se incluyen una serie de medidas importantes para los talleres de reparación de vehículos.

No analizamos el RD Ley en su totalidad, pero resaltamos algunas medidas que nos parecen las más las interesantes para nuestro colectivo:

  1. Cuota de autónomos
    1. Artículo 34. Moratoria de 6 meses para los cuotas de la Seguridad Social de 3 meses (mayo–junio–julio para los autónomos/abril-mayo–junio para empresas) sin recargo alguno. La moratoria deberá pedirse a través del sistema RED. Las solicitudes deben realizarse dentro de los 10 primeros días naturales dentro del plazo para hacer el abono de las cuotas.
    2. Artículo 35. Aplazamientos de deudas con la Seguridad Social al 0.5% de interés.
  2. Artículo 19. Moratoria de Préstamos hipotecarios (ver el RD Ley 8/2020):
    1. Vivienda habitual
    2. Inmuebles afectos a la actividad económica que desarrollen los empresarios y profesionales.
  3. Artículo 42. Flexibilización de los contratos de suministros. Mientras esté en vigor el Estado de Alarma, las empresas y autónomos podrán:
  • Suspender o modificar sus contratos de suministro, o acogerse a oferta alternativa, sin penalización ninguna.
  • El titular del suministro que se haya suspendido tiene 3 meses para solicitar su reactivación tras el Estado de Alarma.
  • Solicitar la suspensión del pago de las facturas que contengan días integrados en el estado de alarma
  • Las facturas cuyos pagos se hayan suspendido se repartirán en las siguientes 6 meses de facturación

Enlace para consultar el Real Decreto completo: pincha aquí