La Asociación de Empresarios del Taller de Reparación de Vehículos de A Coruña (Atreve) ha realizado una consulta a la Consellería de Medio Ambiente e Ordenación do Territorio para conocer las implicaciones que la nueva orden ministerial sobre protección de suelos pueda tener para los talleres gallegos. La medida a nivel estatal reduce las obligaciones en esta materia, si bien las competencias en este caso son autonómicas y hay que señalar que, de momento, sigue vigente el Decreto 60/2009, de 26 de febrero, sobre suelos potencialmente contaminados y procedimiento para la declaración de suelos contaminados.
La normativa en Galicia es más restrictiva que la estatal, si bien en esta materia hay grandes diferencias entre las comunidades autónomas. Algunas no exigen ningún informe, mientras que otras son especialmente rigurosas y exigentes. Tras la publicación, el pasado día 9 de noviembre, de la nueva orden ministerial, la Consellería de Medio Ambiente de la Xunta va a proceder, y así se le ha indicado a Atreve, a realizar una consulta a sus servicios jurídicos para ver si es necesario modificar el decreto vigente o se pueden aplicar directamente los cambios. Desde Atreve, a la espera de una comunicación en este sentido, se insiste en que los talleres siguen obligados a realizar los informes de suelos.
¿Qué dice la nueva orden ministerial?
La Orden PRA/1080/2017, de 2 de noviembre, por la que se modifica el anexo I del Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, reduce la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados. Así, en los CNAE que engloban el mantenimiento y reparación de vehículos a motor (45.2) y la venta, mantenimiento y reparación de motocicletas y de sus repuestos y accesorios (45.4), solo hay que cumplir determinadas oblicaciones en los siguientes casos:
- Cuando existen depósitos enterrados de sustancias peligrosas.
- Si se consumen pinturas o barnices de base no acuosa en cantidades superiores a 1 ton./año
- En el caso de que los focos potencialmente contaminantes del suelo se encuentren a la intemperie o sobre suelo no pavimentado.
¿Y en Galicia?
De momento, sigue en vigor el Decreto 60/2009, de 26 de febrero, y su clasificación de actividades potencialmente contaminantes del suelo, entre las que se incluyen las de recauchutado de neumáticos; mantenimiento y reparación de vehículos de motor; y la venta, mantenimiento y reparación de motocicletas y sus respuestos y accesorios, con las mismas obligaciones. Esquemáticamente, los requisitos a cumplir por parte de los titulares de la actividad son los siguientes:
- Inicio de Actividad: Deberán presentar un Informe Preliminar de Situación (IPS).
- Revisión (cada 5 anos): Deberán presentar un Informe de Situación (IS).
- Modificación Substancial: Deberán presentar un Informe de Situación (IS).
- Cierre Definitivo: Deberán presentar un Informe de Situación (IS).
- Cambio de Titular: Deberán presentar un Informe de Situación (IS).
Atreve mantiene convenios de colaboración con dos empresas que están especilizadas en la realización de estos informes y que ofrecen precios muy competitivos a los asociados. Los interesados pueden obtener más información en la página web o consultando a la entidad a través del número de teléfono 981 910 220.