Dos talleres asociados de Atreve han recibido en el último mes requerimientos de ejecución forzosa de la Consellería de Industria que les han supuesto el pago de unas altísimas sanciones por no atender en plazo la solicitud de documentación que se les hizo.
Estos talleres recibieron tiempo atrás un requerimiento de Industria solicitándoles amablemente que aportaran una serie de documentación, y ante la NO CONTESTACIÓN DEL TALLER (el retraso ha sido de 3 y 6 años enestos casos), Industria sanciona al taller con 1.000 € por cada 10 días que pasen sin haber cumplido sus obligaciones. Se trata de una EJECUCIÓN FORZOSA, con lo que si el taller tarda 40 días en entregar toda la documentación la multa ascenderá a 4.000 €…si tarda 180 días pues serán 18.000 €. Es decir, se trata de una sanción que hay que atender si no se quiere poner en peligro el futuro del taller.
Desde Atreve queremos recordar a nuestros socios que:
- Los REQUERIMIENTOS de la Conselleria de Industria…HAY QUE CONTESTARLOS DE MANERA ADECUADA. De poco sirve que me pidan 10 documentos y enviar solo uno.
- La Asociación de Talleres está para ayudar, y en estas cuestiones tenemos más experiencia que muchas gestorías/asesorías.
- Es necesario REGISTRAR en Industria:
- La instalación de Aire Comprimido
- La Instalación Eléctrica
- La Instalación de Protección contra incendios.
- El nombre del responsable técnico y su formación
- Hay que tener las 2 placas: La identificativa y la informativa. Los asociados de Atreve pueden enviarnos una foto de la placa actual al whatsapp y/o llamarnos al 600 37 57 30 (Jose Ramón) /672 10 84 61 (Miriam) para gestionarlo.
- Si realizáis modificaciones en las instalaciones, tienen que realizarse por un instalador autorizado y posteriormente TENÉIS QUE REGISTRARLAS EN INDUSTRIA
- Las instalaciones deben ser revisadas de manera periódica a través de una Organismo que Colabore con la Administración. Las conocidas como OCA’s.
- Instalación Eléctrica. Cada 5 años
- Instalación Aire Comprimido. Cada 3 años. El tipo de inspección varía con la antigüedad del equipo.
- Instalación de Protección contra Incendios. Cada 5 años (talleres con riesgo bajo en base a su carga de fuego)
- INDUSTRIA NO OLVIDA. Entre el primer requerimiento y la sanción pasaron entre 3 y 6 años de manera que no se puede decir que no existiera margen de tiempo para solucionar las cosas desde el primer requerimiento, pero también queda claro que el expediente se abrió y no se cerró en falso, por lo que Industria no se olvida de la documentación que os pide y cuándo os la pide.
- NO SIRVEN LAS DISCULPAS. Después de 3 años esperando la documentación, es muy probable que Industria no admita ampliar el plazo. La sanción está puesta y a partir de ahí lo que toca es acelerar para entregar la documentación, porque son 1.000 € cada 10 días hasta que se aporte todo lo requerido.