Tarifa plana también para los autónomos societarios

La Seguridad Social acaba de cambiar de criterio en cuanto a la tarifa plana de los autónomos societarios. Tras tres setencias del Tribunal Supremo, se establece que este tipo de emprendedor también tiene derecho a pagar la cuota de 60€ durante su primer año de actividad en el régimen de autónomos, en lugar de los más de 300€ que hasta ahora les tocaba a los que tienen una sociedad mercantil. Es el caso de la inmensa mayoría de los profesionales que están al frente de talleres de reparación de vehículos.

La Asociación de Empresarios del Taller de Reparación de Vehículos de A Coruña (Atreve) celebra el cambio de criterio y recomienda a sus asociados que consulten con su asesoría, dado que muchos de ellos podrán solicitar la revisión y la devolución de una cantidad que está por encima de los 4.000 euros. Según ha informado ATA en diferentes medios de comunicación, a priori se estima que podrán solicitar la devolución de las cantidades pagadas indebidamente quienes se dieran de alta en el régimen de autónomo después de septiembre de 2016.

La bonificación de la tarifa plana se estableció en el artículo 31 de la Ley 20/2007 del Estatuto del Trabajo Autónomo para «los autónomos que causen alta inicial o que no hubieran estado en situación de alta en los dos años inmediatamente anteriores, a contar desde la fecha de efectos del alta». La ayuda tiene una vigencia de 24 meses: 60€ durante los 12 primeros meses, una reducción del 50% en la base de cotización durante los seis siguientes y una reducción del 30% en el siguiente semestre. Así, y aunque depende de la base de cotización de cada autónomo, ATA estima que, de media, los autónomos societarios que reclamen podrán recibir unos 4.000€ más los intereses correspondientes.