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Las cuotas de autónomos que entran en vigor a partir de enero de 2023

By: Comunicación Atreve
On: 15/09/2022
Tagged: autónomos

Las cuotas de autónomos que entran en vigor a partir de enero de 2023

CUOTA MÍNIMA AÑO 2023

La cuota mínima para el año 2023 será de 230 euros para aquellas personas cuyos rendimientos netos no superen los 670 euros mensuales, es decir, cada mes este grupo abonará 64 euros menos que ahora.

CUOTA MÁXIMA AÑO 2023

La cuota máxima la pagarán aquellas personas con rendimientos netos superiores  a 6.000 euros mensuales y será de 500 euros al mes el primer año.

HABRÁ 15 TRAMOS

Con la nueva norma se fijan 15 tramos distintos en función de los rendimientos netos (diferencia entre los ingresos y gastos deducibles) y su implantación se realizará de forma progresiva a partir de 2023 y hasta 2025.

CÓMO SE ESTABLECE EL CÁLCULO

Hay que hacer una aproximación de las ganancias previstas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre. La fórmula establecida por la Seguridad Social es la siguiente:

1º.- Calculas los rendimientos netos: ingresos menos gastos deducibles

2º.- A la cantidad resultante le sumamos todas las cuotas que pagó el autónomo a la Seguridad Social  durante el anterior ejercicio y la restamos un 7% si es persona física o un 3% si es societario

3º.- La cifra que obtenemos la dividimos entre 12 (meses del año), y el resultado es el rendimiento neto mensual por el que tendremos que cotizar.

CADA CUÁNTO PODEMOS CAMBIAR DE TRAMO

Cada dos meses y en las siguientes fechas:

1 de marzo ( para solicitudes entre el 1 de enero y el 28/29 de febrero)

1 de mayo (solicitudes entre 1 de marzo y 30 de abril)

1 de julio ( solicitudes entre 1 de mayo y 30 de junio)

1 de septiembre (solicitudes entre 1 de julio y 31 de agosto)

1 de noviembre (solicitudes entre 1 de septiembre y 31 de octubre)

1 de enero del año siguiente (solicitudes entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre)

SI COTIZO DE MÁS ME DEVUELVEN LA DIFERENCIA

Sí, pero también al contrario. Al final de cada año se realizará un regularización para confirmar si, efectivamente, la persona cotizó en función de sus rendimientos netos. Si pagó de más, la Seguridad Social  reintegrará el correspondiente importe y si pagó de menos lo reclamará.

Las personas autónomas tendrán dos meses para devolver el importe de las cuotas no pagadas en función de sus ingresos y la Administración cuatro para reintegrar el importe a quien “sobrecotizase”.

 

2022-09-15
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