Atreve se ha puesto en contacto con el jefe territorial de la Consellería de Economía, Emprego e Industria, Isidoro Martínez Arca, para aclarar diferentes cuestiones relativas a la tramitación de los ERTE de los talleres. La consulta se ha realizado, dada la confusión existente y después de que nuestros propios asociados nos trasladasen resoluciones positivas y negativas para situaciones inicialmente similares. Incluso se han producido resoluciones diferentes en expedientes tramitados y justificados igual, por lo que entendemos que simplemente se están produciendo diferentes resultados según la consideración del técnico que toque en cada caso.
Atreve aporta esta información con el ánimo de informar y orientar. Es responsabilidad de cada taller la tramitación de su expediente y la asociación nada tiene que ver ni en su presentación ni en su resolución. Dicho esto, trasladamos las indicaciones que realizó el citado responsable de Industria:
- Según confirmó, SÍ SE ESTÁN CONCEDIENDO ERTE’S POR FUERZA MAYOR A TALLERES DE REPARACIÓN DE VEHÍCULOS.
- Están recibiendo muchas solicitudes que están MAL PRESENTADAS y que tienen que rechazar. Poco argumentadas y poco justificadas las razones por las que se solicita el ERTE y su relación con la Fuerza Mayor. No solo se trata de solicitar, y argumentar los motivos, sino también de justificar.
- Se reconoce la importante labor de las asesorías/gestorías y la situación de saturación por la que están pasando, así como la novedad de todo este proceso para todos, por lo que es relativamente normal que estos errores se produzcan.
- Por norma general NO SE CONCEDEN los ERTE’s de Fuerza Mayor PARA EL CIERRE TOTAL de un taller. El Estado de Alarma limita la circulación de vehículos en un elevado porcentaje pero no en su totalidad, y ese pequeño porcentaje es vital que sea atendido, por lo que un pequeño retén para emergencias debe de quedar en todos los talleres, por lo tanto el Decreto de Alarma no justifica fuerza mayor para el cierre total. Es importante recalcar en la solicitud del ERTE, cuando se solicita por Fuerza Mayor, que no se produce el cierre total sino que para respetar el Estado de Alarma se mantiene un equipo mínimo. Ese equipo mínimo puede ser el propio empresario/autónomo.
- Al punto anterior hay excepciones, porque pueden existir razones para cerrarlo completamente, por ejemplo por el contagio de algún trabajador u otra causa, más allá de la limitación de movimiento del Estado de Alarma, y deberá de quedar muy bien argumentado y justificado, aportando datos del antes y el después -balance de situación provisional, informe de entradas al taller…-
- Si la Fuerza Mayor que origina la suspensión de los contratos viene derivada de la Declaración de Estado de Alarma y/o el COVID 19, debe existir y argumentarse la relación entre ambas:
- Restricciones a la movilidad. Uno de los puntos principales del Decreto del Estado de Alarma. Tiene una relación directa con la perdida de carga de trabajo en el taller, lo que lo convierte en uno de los motivos fundamentales de la solicitud. Argumentamos falta de trabajo directamente derivado del Estado de Alarma para solicitar el ERTE por Fuerza Mayor, no por Causas Productivas
- Falta de Materiales. Es un hecho que todos conocemos, pero la relación entre este hecho y la Fuerza Mayor del Estado de Alarmo o el Covid tendrá que ser justificada. Parte de los recambistas que han solicitado ERTE’s no lo han hecho Fuerza Mayor sino por Causas Productivas, por lo tanto la falta de suministros no está directamente relacionada con una Fuerza Mayor derivada del Covid19, sino de las Causas Productivas que originaron los ERTE’s en los Recambistas.
- SOLUCIONES:
- Recurso de Alzada. Se prolonga en el tiempo y dependería del criterio de otro departamento, no de la Delegación Territorial de Economía, Emprego e Industria. No parece lo más recomendable, porque podría darse el caso de insistir en defender una solicitud mal fundamentada.
- ERTE Fuerza Mayor. Analizar la solicitud hecha y rechazada, ver si se cometió alguno de los errores comentados, y volver a solicitarlo con los errores corregidos. La aplicación del ERTE de Fuerza Mayor se concede desde la aparición de la causa de fuerza mayor que lo origina, que es el Estado de Alarma, por lo que se aplicaría desde su publicación. Hay que recordar que se concede solamente mientras dure el motivo que lo originó, es decir, cuando se retire el Estado de Alarma los trabajadores deben de reincorporarse.
- ERTE Causas Productivas. Solicitar el ERTE por causas productivas/organizativas supone hacerse cargo de la SS de los trabajadores, pero por otra lado tiene la ventaja de que puede pedirse por un periodo que vaya mas allá del Decreto de Alarma.