Os informamos de que ayer se publicó en el DOG la Orden de 31 de marzo de 2020 por la que se acuerda la ampliación del plazo máximo de resolución y notificación del procedimiento de suspensión de contratos y reducción de jornada por causa de fuerza mayor que tengan su causa directa en pérdidas de actividad como consecuencia del COVID-19, incluida la declaración del estado de alarma, tramitados por la Secretaría General de Empleo así como por las respectivas jefaturas territoriales en función de los respectivos ámbitos territoriales de afectación. (ver)
En virtud de dicha Orden se declara aplicable la ampliación del plazo máximo de resolución y notificación de todos los procedimientos de suspensión de contratos y reducción de jornada por causa de fuerza mayor que tengan su causa directa en pérdidas de actividad como consecuencia del COVID-19, incluida la declaración del estado de alarma, que tramiten la Secretaría General de Empleo y las jefaturas territoriales de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, ampliando cinco días el plazo previsto en el artículo 22 del Real decreto ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.
Además, la DGT (Dirección General de Trabajo) ha publicado una NOTA INFORMATIVA, dirigida a las Autoridades Laborales de las comunidades autónomas para establecer/aclarar criterios sobre la aplicación de los ERTE’s de Fuerza Mayor. Este documento puede ser de utilidad para que vuestras gestorías enfoquen correctamente el ERTE de Fuerza Mayor. En este enlace.